Qué hacer ahora mismo
- Averigua en qué comisaría está (Mossos, Guardia Urbana o Policía Nacional).
- Llámanos: contactamos con la comisaría para asumir la asistencia.
- No llames al detenido ni hables del caso con nadie por teléfono.
Lo que dice la ley
- Derecho a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo y a entrevistarse en privado con su abogado antes de declarar.
- Derecho a conocer los motivos de la detención y a acceder a lo esencial del atestado.
- Derecho a avisar a un familiar y a intérprete si lo necesita.
Qué hacemos en tu caso
- Asistencia en comisaría.
- Asistencia en el juzgado de guardia, donde se decide sobre la libertad, las medidas cautelares o el juicio rápido.
- Defensa en el procedimiento posterior.
Lo que nos preguntan
- ¿Puedo elegir abogado aunque ya le hayan asignado uno de oficio?
- Sí, en cualquier momento.
- ¿Cuánto tiempo puede estar detenido?
- El tiempo imprescindible y nunca más del máximo legal. Después, libertad o juez.
- ¿Podré verle?
- Normalmente no en comisaría. Lo verás tras pasar a disposición judicial.
- ¿Cuánto cuesta?
- Te damos un presupuesto cerrado por la asistencia antes de empezar.
Otros problemas parecidos
Información general revisada el 18 de octubre de 2026 por Guillermo Carrillo Cerezo, abogado colegiado en el ICAB nº 46.218. No sustituye el estudio de tu caso concreto.