Lo que dice la ley
- Hace falta un cambio relevante y estable de circunstancias desde la última sentencia.
- Se puede hacer de mutuo acuerdo, que es más rápido, o por vía contenciosa.
- Mientras no haya una nueva resolución, la sentencia anterior sigue vigente: no dejes de pagar ni cambies la custodia por tu cuenta.
Antes de pedirlo
- Reúne pruebas del cambio: nóminas, despido, informes escolares.
- Intenta primero un acuerdo, que podemos negociar nosotros.
Qué hacemos en tu caso
- Valoración gratuita de si el cambio es suficiente.
- Negociación con la otra parte.
- Demanda de modificación de medidas, de mutuo acuerdo o contenciosa.
Qué necesitamos ver
- Sentencia o convenio vigente
- Documentos que acrediten el cambio de circunstancias
Lo que nos preguntan
- Me he quedado sin trabajo. ¿Puedo dejar de pagar?
- No: hay que pedir la reducción al juez. Mientras tanto, la deuda se acumula.
- Mi hijo quiere vivir conmigo.
- Su opinión cuenta, sobre todo con la edad; se puede pedir el cambio de custodia.
- ¿Puedo pedir la custodia compartida si antes era exclusiva?
- Sí, si se dan las condiciones.
- ¿Cuánto cuesta?
- La primera consulta es gratuita. Si seguimos adelante, te damos un presupuesto cerrado por escrito.
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Información general revisada el 18 de octubre de 2026 por Guillermo Carrillo Cerezo, abogado colegiado en el ICAB nº 46.218. No sustituye el estudio de tu caso concreto.