Lo que dice la ley
- Se tramita en días, desde la denuncia o la detención hasta la citación en el juzgado de guardia.
- En la guardia puedes declarar o no declarar, siempre asistido de abogado.
- La conformidad en guardia reduce la pena un tercio y, a menudo, permite evitar la entrada en prisión si no tienes antecedentes.
- Si no hay acuerdo, el juicio se celebra en pocas semanas ante el Juzgado de lo Penal.
Antes de ir
- No declares sin hablar antes con tu abogado.
- Lleva tu DNI, la citación y cualquier documento que te favorezca (informes, tiques, mensajes).
- Si hay testigos a tu favor, anota sus datos.
Qué hacemos en tu caso
- Estudio urgente del atestado.
- Asistencia en el juzgado de guardia.
- Valoración contigo de la conformidad o de la defensa en juicio.
- Juicio y, si procede, recurso.
Qué necesitamos ver
- Citación
- Atestado o denuncia, si te dieron copia
- Tus antecedentes, si los hay
Lo que nos preguntan
- ¿Me conviene conformarme?
- Depende de la prueba que haya contra ti. Lo valoramos antes, nunca a ciegas.
- ¿Puedo ir sin abogado?
- No: la asistencia letrada es obligatoria. Puedes elegir tu abogado en lugar del de oficio.
- ¿Tendré antecedentes?
- Si hay condena, sí, aunque se pueden cancelar con el tiempo.
- ¿Cuánto cuesta?
- La primera consulta es gratuita. Te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de la guardia.
Otros problemas parecidos
Información general revisada el 18 de octubre de 2026 por Guillermo Carrillo Cerezo, abogado colegiado en el ICAB nº 46.218. No sustituye el estudio de tu caso concreto.