Lo que dice la ley
- Usura: un contrato con un interés notablemente superior al normal del dinero es nulo. En revolving, la comparación se hace con la media de las tarjetas revolving en la fecha del contrato.
- Falta de transparencia: si no te explicaron bien cómo funcionaba la tarjeta, la cláusula de intereses puede anularse aunque no haya usura.
- Afecta también a tarjetas de grandes almacenes, tiendas y financieras, no solo a bancos.
Antes de reclamar
- Sigue pagando mientras reclamamos para evitar que te incluyan en un fichero de morosos.
- Pide el contrato y el extracto de todos los movimientos desde el inicio.
- No firmes una «refinanciación» sin revisarla antes.
Qué hacemos en tu caso
- Estudio gratuito: comprobamos la TAE frente a la media de su fecha.
- Reclamación previa a la entidad pidiendo contrato, movimientos y devolución.
- Demanda de nulidad si no hay acuerdo.
- Liquidación: se recalcula lo pagado y te devuelven el exceso.
Qué necesitamos ver
- Contrato de la tarjeta, si lo tienes
- Extractos o recibos
- Nombre de la entidad y DNI
Lo que nos preguntan
- Mi tarjeta tiene una TAE del 26 %. ¿Es usura?
- Depende de la fecha del contrato y de la media en ese momento. Te lo calculamos sin coste.
- Ya la cancelé. ¿Puedo reclamar?
- Sí, en muchos casos.
- ¿Me pueden meter en un fichero de morosos por reclamar?
- Reclamar no es motivo. Lo que hay que evitar es dejar de pagar sin estrategia.
- ¿Cuánto cuesta?
- La primera consulta es gratuita. Si seguimos adelante, te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.
Otros problemas parecidos
Información general revisada el 18 de octubre de 2026 por Guillermo Carrillo Cerezo, abogado colegiado en el ICAB nº 46.218. No sustituye el estudio de tu caso concreto.